La prestación por invalidez se otorgara en los casos de incapacidad parcial permanente para la profesión habitual, total permanente para todo trabajo y gran invalidez.
- La prestación por incapacidad parcial permanente para la profesión habitual derivada de enfermedad común, consistirá en un subsidio del 40% del salario base de cotización durante un periodo de tres meses, contados a partir de la declaración de incapacidad.